Una juez de Barcelona ha impuesto dos años de prisión a un hombre por recuperar de un ordenador, correos electrónicos de un ex compañero de trabajo sin que éste se entere, difundiendo posteriormente su vida privada sin que se entere.
Esto ocurrió en el año 2006, cuando un gerente y administrador dejaba su trabajo, borrando del ordenador todos sus datos personales. Luego de ello sus familiares recibieron gran cantidad de correos electrónicos viejos, en alguno de ellos se referían a su vida sexual, cosa que acabó en una denuncia en el juzgado. La sentencia final ha sido de dos años y dos meses, teniendo que pagar una multa de 3.240 euros, y una indemnización de 4.000 a la persona cuya intimidad fue violada.
Vía: Internautas
La SGAE (Sociedad General de Autores y Editores) ha reclamado 16.800 euros a Padawan en concepto de remuneración, por copia privada. El juzgado Nº 4 estimó la demanda pero en el recurso el abogado defensor decidió presentar lo que se denomina ‘cuestión prejudicial’ (Art. 234 del tratado CE), lo que significa un traslado a una instancia superior de una consulta sobre la propia legislación, en este casi si la norma española mantuvo el espíritu de la directiva europea al transponerla. Esta decisión debería ser equitativa, si fuera aceptada la realización de la consulta, nos encontraremos ante una pregunta muy interesante al tribunal radicado en Luxemburgo.
Vía: Banda Ancha
Luego del correo enviado por el webmaster de Wikisubtitles para aclarar ambas posturas, el cual hemos citado hace unos días, es hora de citar la respuesta formulada por el Director General de la FAP (Federación Anti Piratería), José Manuel Tourné (aquel que decía que ver una película descargada de la red es lucrarse):
“De acuerdo con nuestra interpretación de la legislación vigente y que observamos coincide con la de sus asesores, la puesta a disposición de los usuarios de Internet de subtítulos con una extensión propia (SRT) (no en un formato Word sin más) fijada a obras concretas y sincronizada con las imágenes y diálogos correspondientes, supone una modificación de la obra y un perjuicio a los titulares que no han autorizado tal modificación. La reclamación (…) se haría efectivamente por vía civil y nos correspondería probar los daños padecidos presentando toda la documentación de que disponemos (…) En cuanto a la posibilidad de actuar en vía criminal, permítame recordarle que la reiterada jurisprudencia del Tribunal Supremo español, seguida en diversas sentencias por las Audiencias provinciales, establece que “ánimo de lucro consiste en la intención de obtener cualquier ventaja, provecho o utilidad que se proponga obtener el reo con su antijurídica conducta, incluso hecha de los meramente contemplativos o de ulterior beneficencia, incluso aunque el beneficio buscado no llegue a alcanzarse”.
Habrá que esperar para ver como termina este caso, pero por el momento parece que falta tiempo para que este caso termine, las próximas novedades serán publicadas en el blog con urgencia.
Vía: Banda Ancha
La SGAE (Sociedad General de Autores y Editores) afirma que el periódico ha publicado un gran número de noticias y opiniones siempre en un tono negativo contra ellos, con clara intensión de desacreditarla. A pesar de la acusación por las noticias, no entra al fondo de esas noticias publicadas, que califica de “invernases, sesgadas e insidiosas”. La demanda de la SGAE es una compensación de 30.000 euros.
Vía: Internautas
La SGAE (Sociedad de Autores de España) reclamó 2.157 euros por daños morales y materiales, por no pagar derechos de autor por la música que el hotel ofrecía. El juzgado ha sido absuelto la sentencia ya que no hay manera de asegurar que todo lo emitido por el hilo musical estuviese protegido por la SGAE. Ya es bastante normal que los jueces admitan el CopyLeft.
“La música había sido cedida gratuitamente por sus autores a través de licencias de Creative Commons” (…) “La SGAE maneja una ingente cantidad de obras, lo que ha generado hasta ahora la sensación de que tiene un derecho a la gestión exclusiva del repertorio universal de las obras musicales, ha alcanzado cierto auge, un movimiento denominado música libre”, afirma el juez, agregando que el hotel no tendría que demostrar todas las obras que ha emitido.
La SGAE no puede cobrar los derechos de quien ha cedido la música para disfrute de los demás. En todos lados, el día menos esperado aparecen los cobradores a pedir derechos.
Vía: Banda Ancha
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